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La Casa de Acogida es un espacio de residencia temporal para mujeres mayores de 18 años, provenientes de cualquier zona del país, sin o con hijos e hijas hasta 14 años[1], que se encuentran en situación de violencia y/o riesgo grave / vital producto de la violencia ejercida por parte de la pareja[2].

 Los ejes son la protección, autoprotección y mejoramiento de las condiciones psicosociales de las mujeres y sus hijos/as, a través de intervenciones interdisciplinarias orientadas a facilitar la visualización e identificación de la violencia en función de la desnaturalización de la misma, el desarrollo de estrategias y capacidades para la normalización de la vida y la habilitación de condiciones para la reinserción. Para esto se trabaja en el establecimiento de diversas coordinaciones y gestión de redes de instituciones públicas y privadas que dirigen su oferta a mujeres víctimas de violencia, niños niñas, de manera de dar respuesta a las necesidades de habilitación e inserción laboral, vivienda, salud, educación, justicia y establecimiento de redes primarias de apoyo.

 

El modelo de intervención en las Casas de Acogida se estructura en diferentes etapas, desde el pre ingreso de la mujer hasta el seguimiento posterior a la salida del dispositivo y se implementa a través de las siguientes líneas de acción:

                              

  1. Diagnóstico, evaluación de la gravedad de la violencia y del riesgo.
  2. Provisión de servicios que comprenden acciones de carácter educativo, terapéutico[3], social y legal, integrados en un Plan de Intervención Individual (PII)
  3. Intervención grupal para apoyar la contención, convivencia, aprendizajes y fortalecimiento de capacidades de las mujeres.
  4. d) Coordinación sectorial con la Red Institucional atingentes a las necesidades de protección y apoyo de las mujeres y sus hijos e hijas.
  5. e) Gestión de la red primaria significativa para la protección y preparación del egreso.
  6. f) Gestión de trabajo en Red para acceder a oportunidades de autonomía económica y reinserción social, propiciando acuerdos de trabajo interinstitucional.

                                                                

En el marco del trabajo en red, se propiciará primeramente la articulación con el Centro de la Mujer para la continuidad del proceso tendiente a la reparación de las consecuencias de la violencia, como también con los demás dispositivos de la oferta en violencia en contra las mujeres del SERNAM, Unidades y Programas cuya oferta puede contribuir al logro de los objetivos del dispositivo Casa de Acogida.

 

[1] En cada caso se evaluará la factibilidad de acoger a hijos/as mayores de 14 años, implementando medidas de resguardo de las condiciones de seguridad de los y las niños y niñas.

[2] Sin perjuicio de la posibilidad y capacidad de acoger a mujeres en riesgo vital o que presentan condiciones de vulnerabilidad grave producto de otras formas de violencia de género.

[3] Entendiendo terapéutico desde un enfoque busca reparar, aliviar y sanar el daño que ha experimentado la mujer que sufre violencia. En este sentido, dista de la mirada biomédica tradicional que alude a aquella especialidad de la medicina que se dedica al estudio de los medios de curación de las enfermedades.

 

OBJETIVOS

 

Objetivo General

 Ofrecer un espacio de residencia temporal para la protección de mujeres mayores de 18 años con o sin hijos e hijas, que se encuentran en situación de violencia o riesgo grave o vital[1] producto de la violencia ejercida por parte de su pareja actual o anterior.

 

Objetivos Específicos

  1. Garantizar un espacio de residencia seguro, donde las necesidades básicas de mantención se vean cubiertas tanto para las mujeres como para los hijos/as que ingresan con ella a la Casa de Acogida.

 

  1. Promover en la mujer la concientización del riesgo que implica la violencia y sus consecuencias, promoviendo estrategias de autocuidado por medio de intervenciones individuales y/o grupales, en complementariedad con los Centros de la Mujer u otros modelos de intervención en violencia contra la mujer de SERNAM que permitan dar respuesta a sus necesidades y las de sus hijos e hijas.

 

  1. Gestionar la coordinación intersectorial y el trabajo de redes para cubrir las necesidades de protección y/o representación jurídica por parte de los/as abogados/as de la Casa de Acogida o Centros de la Mujer.

 

  1. Promover el acceso de las mujeres y sus hijos e hijas a beneficios sociales y oportunidades en los ámbitos de subsidios, salud, educación, vivienda, inserción laboral, entre otros, generando acuerdos interinstitucionales.

 

  1. Diseñar e implementar un Plan de Intervención Individual (PII) diferenciado para cada mujer y sus hijos/as, de acuerdo a sus necesidades y la fase en la que se encuentre, promoviendo sus capacidades para la autonomía en las diversas esferas de su vida, reconociendo sus recursos y respetando su autonomía y derecho a la toma de decisiones.

 

  1. Impulsar la autonomía económica de las mujeres y su grupo familiar, a través de acciones de formación, capacitación y gestión de la red público – privada, que permitan restituir, fortalecer o crear una red primaria que favorezca la protección y reinserción social-laboral de las mujeres, ya sea en puestos de trabajo o emprendimientos económicos[2].

 

[1] En el caso de la violencia, se refiere a que esta pudiera constituir riesgo para la mujer o bien, producto de ella haya visto amenazada su vida.

[2] Para promoverlos deberá gestionarse coordinación con el Área de Mujer y Trabajo, en particular con la/el Encargada/o del Programa Jefas de Hogar.

 

ASPECTOS GENERALES DEL INGRESO AL DISPOSITIVO

Las instituciones que podrán derivar a mujeres descritas en las sujetas de atención al dispositivo son:

 

  • Centros de la Mujer
  • Ministerio Público
  • Tribunales de Familia
  • Otras instituciones: deberán siempre derivar al Centro de la Mujer correspondiente para que se haga la evaluación para el ingreso.

 

Ante la diferencia de criterios o desacuerdo con determinados ingresos, por considerárseles fuera de perfil o incompatibles con la atención y protección que pueda brindar el dispositivo, se solicitará autorización a la Dirección Regional de SERNAM, quien velará por el cumplimiento de los requisitos establecidos en estas Orientaciones Técnicas.

 

Como norma general, toda mujer que cumpla con el perfil podrá ingresar a la Casa con sus hijos e hijas menores de 14 años de edad. No obstante, dicha recomendación técnica, puede flexibilizarse según la particularidad del caso y las características propias de la situación que amerita su ingreso, siendo la autorización de exclusiva responsabilidad de cada Dirección Regional.

 

Respecto a la edad mínima de ingreso, cada Dirección Regional podrá establecer criterios de excepción[1], definiendo casos y condiciones particulares en que se atenderá a otras mujeres que no cumplan con este requisito del perfil. Lo anterior, deberá ser informado de manera formal a los equipos, vía correo electrónico, por parte de la/s Encargada/s Regional/es de VCM con copia a la Unidad Nacional en VCM del SERNAM.

 

Ante varias consultas recibidas por parte de las regiones a nivel nacional, cabe señalar que, frente a derivaciones realizadas por los Tribunales de Familia, es importante tener en consideración que el artículo 80 bis de la Ley de dicha institución contiene una obligación solo para SENAME y no para nuestro Servicio.

 

[1] Esta decisión es de exclusiva responsabilidad de la Dirección Regional pudiendo apoyarse con la Unidad Nacional de VCM para asesoría técnica en la materia.

 

Requisitos para determinar el perfil de las mujeres

 

Para determinar el perfil de mujeres para ingreso a las Casas de Acogida se deberá contar con la evaluación de dos condiciones:

 

  • Evaluación de la gravedad de la violencia[1].
  • Evaluación del riesgo grave/vital[2]

 

Las evaluaciones de violencia y riesgo podrán realizarlas los profesionales de los Centro de la Mujer, las Unidades Técnicas de SERNAM; Ministerio Público mediante URAVIT y Tribunales de Justicia a través de los Jueces de familia.

 

Luego de realizada la evaluación, si la dupla psicosocial estima que mujer no cumple con los criterios de ingreso, emitirá un informe de rechazo a la institución derivadora, detallando los requisitos que no se ajustan a lo requerido, sugiriendo otras acciones. Asimismo, informará de la decisión a la Dirección Regional de SERNAM que corresponda.

 

Requisitos de ingreso.

 

Considerando que las Casas de Acogida constituye un espacio de residencia comunitaria, donde confluyen distintas personas que han vivido experiencias que han generado daño físico, psíquico y/o social, se debe procurar generar y mantener instancias de grata convivencia entre sus integrantes. Es por ello, que se han considerado ciertos requisitos para el ingreso al dispositivo, los cuales se detallan a continuación:

 

  1. Contar con evaluación de violencia y/o riesgo grave y/o vital que fundamente su ingreso a este dispositivo de protección, realizada de forma escrita por los entes derivadores descritos anteriormente.

 

Rechazo por parte de la mujer a ingresar al dispositivo[3].

 

  1. Que no exista ninguna de las condiciones mencionadas a continuación:

 

- Presencia de psicopatología psiquiátrica que hagan incompatible su tratamiento con la intervención y convivencia con otras mujeres junto a sus hijos e hijas, tales como:

 

  • Trastornos psicóticos (Ej.: esquizofrenia)
  • Trastorno antisocial
  • Trastorno o rasgo de tipo psicopático
  • Trastorno bipolar no compensado
  • Trastorno de la personalidad límite[4]

  

Consumo abusivo y problemático de drogas y/o alcohol.

 

- Mujeres que hayan sido retiradas de la misma Casa de Acogida. En este caso, se deberá evaluar con la Dirección Regional de SERNAM la posibilidad de ingreso a otra residencia, según antecedentes anteriores.

 

- Derivaciones por parte de Tribunales u otras instituciones como medidas de protección hacia los niños y niñas y no por los criterios de ingreso definidos por SERNAM[5].

 

[1]  No sólo se refiere a violencia física, sino que a cualquiera de sus manifestaciones. Guarda relación con la intensidad y frecuencia.

[2] La evaluación de riesgo vital por violencia de género perpetrada por otros agentes distintos a la pareja y potencial ingreso al dispositivo, se deberá consultar con la Unidad VCM Nivel Central.

[3] Las Casas de Acogida de conciben como espacios de residencia voluntarios. Por tanto, bajo ninguna circunstancia, el equipo puede obligar a una mujer a ingresar o permanecer en ésta.

 

 

Gestión Programa Mejoramiento Acceso Odontologico

 

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Información Centros de Salud Familiar

Nombre Centro de Salud

  

Directores

  

Horario de Atención

Estación  

Alejandra Santibáñez Zepeda

Directora

Ramírez c/E. Escala s/n

Fono 979794566– 512.614704

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8.00 a 20.00 horas

Joan Crawford

 

Ntta. Ana Negretti Tirado

Directora

Avda. Los Escritores 1800 Población Villa Vista Alegre

Fono 979794561 – 512.336620

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8.00 a 20.00 horas

SAPU (Servicio de Atención Primaria de Urgencia)

Lunes a Viernes:

17.00 a 24.00 horas

 

Sábados, Domingos y Festivos de:

8.00 a 24.00 horas

Baquedano

 

Mt. Nancy Varas González

Avda. Perú S/N – Población Baquedano

Fono 979794560 – 512.614592

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8.00 a  20.00 horas

SAPU (Servicio de Atención Primaria de Urgencia)

Lunes a Viernes:

17.00 a 24.00 horas

Sábados, Domingos y Festivos de:

8.00 a 24.00 horas

Hermanos Carrera

 

Dr. Eric Araya Navarrete

Director

Avda. Lautaro s/n – Pobl. Hnos. Carrera

Fono 979794565 – 512.614705

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  8.00 a 20.00 horas

Laboratorio Clínico

 

Edecia Flores Borcosky

Directora Técnica

Avda. España s/n Población Rafael Torreblanca (Ex CESFAM J. Crawford)

Fono 965034125 – 512.614561

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  8.00 a 17.20 horas

Departamento de Salud Municipal

 

Jefa de Programa Salud Rural

Ntta. Miriam Campillay Pastén

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Edificio Municipal Nicolás Naranjo 1455 Entrada Marañón.

Fono 512672166 – 512672167

  8.00 a 17.20 horas

Postas de Salud Rural

 

Jefa de Programa Salud Rural

Ntta. Miriam Campillay Pastén

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Edificio Municipal Nicolás Naranjo 1455 Entrada Marañón.

Fono 512672166 – 512672167

  8.00 a 17.20 horas

Postas de Salud Rural

 

Incaguasi

María Eugenia Alvarez

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979794569

 

Domeyko

Miguel Angel Paredes

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979794568

 

Cachiyuyo

Esmeraldo Peralta Corrotea

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979794559

 

Hacienda Las Ventanas

Valeska Contreras

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979794563

 

8.00 a 17.20 horas

 

Postas de Salud Rural

 

Turnos Llamados de Urgencias 24 horas en:

 

- Domeyko e

 

- Incaguasi

Consejo Comunal de la Sociedad Civil.

El Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil es un órgano de participación ciudadana de la Municipalidad – que reemplaza al Consejo Económico Social Comunal (CESCO) -  y cuyo objetivo es asegurar la la colaboración y participación de la comunidad local en el progreso económico, social y cultural de la comuna.

Estructura

La organización estará compuesta por Consejeros en representación de organizaciones territoriales de la comuna, de las organizaciones comunitarias de carácter funcional, de organizaciones de interés público, de las asociaciones y comunidades indígenas, de las asociaciones gremiales, organizaciones sindicales y de actividades relevantes para el desarrollo económico, social y cultural de la comuna.

 

Los Consejeros permanecerán cuatro años en sus cargos y podrán ser reelectos hasta completar tres períodos.

Funciones

Al Consejo le corresponderá – entre otras funciones y atribuciones – pronunciarse sobre la Cuenta Pública que el Alcalde efectúa anualmente de su gestión; sobre la cobertura y eficiencia de los servicios municipales y podrá solicitar un Plebiscito Comunal respecto a inversiones específicas de desarrollo comunal, aprobación o modificación del Plan Regulador y otros temas de interés para la comunidad local.

 

Subcategorías

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