Tramites Pensiones Básicas Solidarias (PBS) de Vejez e invalidez
Descripción:
Es un beneficio monetario mensual al que pueden acceder todas las personas que no tengan derecho a una pensión en algún régimen previsional y cumplan los requisitos determinados por la ley.
PBS de Vejez :
Permite acceder al pago mensual de $89.764 (valor año 2016) a mayores de 65 años que cumplan los requisitos establecidos en la ley. Éste se reajustará automáticamente el 1 de julio de cada año en un 100% de la variación experimentada por el índice de Precios al Consumidor (IPC).
Requisitos :
- Tengan, 65 años de edad al momento de la solicitud.
- No tengan derecho a percibir pensión en ningún régimen previsional, ya sea en calidad de titular o como beneficiario de pensión de sobrevivencia.
- Integren un grupo familiar perteneciente al 60% más pobre de la población determinado por el Puntaje de Focalización Previsional, lo cual significa que:
- Acrediten residencia en el territorio chileno por un período de 20 años (continuos o discontinuos), contados desde que cumplieron 20 años de edad.
PBS de Invalidez
Permite acceder al pago mensual de $89.764 (valor año 2016) a personas que son declaradas con invalidez y que no tienen derecho a pensión en algún régimen previsional, ya sea como titulares o beneficiarios de una pensión de sobrevivencia.
Requisitos :
- Tengan entre 18 y 65 años de edad.
- No tengan derecho a recibir pensión en ningún régimen previsional, ya sea en calidad de titular o beneficiario de pensión de sobrevivencia.
- Hayan sido declaradas con invalidez por las Comisiones Medicas definidas en el Decreto Ley N°3.500.
- No tengan derecho a pensión.
- Sean beneficiarias de una Pensión Asistencial (PASIS) al 1 de julio de 2008.
- Integren un grupo familiar perteneciente al 60% más pobre de la población determinado por el Puntaje de Focalización Previsional, lo cual significa que:
- Acrediten cinco años continuos o discontinuos de residencia en Chile en los últimos seis años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
Marco Legal
Este beneficio es parte del Pilar Solidario de la Reforma Previsional (Ley N°20.255) y contempla dos tipos de pensiones: de vejez y de invalidez.
Nominas beneficiarios: www.ips.gob.cl