Tramites Juzgado Policía Local
Breve descripción
Los Juzgados de Policía Local son tribunales especiales de justicia, y conocen un sin número de materias, pero principales infracciones de tránsito.
Trámites Juzgado de Policía Local Pago Multas:
Etapas:
1.- Presentación boleta de citación original y cédula de identidad
2.- Giro de comprobante de ingreso
3.- Pago de multa en la Tesorería Municipal, o en su defecto pago mediante Vale Vista Bancario a nombre de la M. r.u.t. 69.030.500-3.
4.- Entrega de licencia de conducir si procediese.
Trámites Juzgado de Policía Local Accidentes de Tránsito:
Etapas:
1.- Denuncia
2.- Declaración Indagatoria
3.- Citación a Comparendo de Conciliación y Prueba
4.- Sentencia
5.- Recursos
1.- Denuncia: ;Se debe dar cuenta del accidente de inmediato a carabineros (Art.168 Ley 18290), se confecciona un parte.
2.- Declaración Indagatoria: Una vez ingresado el parte al juzgado se debe concurrir a prestar declaración, dando datos de vehículo, infractor y forma de accidente.
3.- Citación a Comparendo de Conciliación y Prueba: Tomada la declaración de las partes, el tribunal cita a un comparendo donde los involucrados deben rendir sus pruebas (fotografías, presupuestos, testigos, etc.)
- Para rendir prueba testimonial se debe presentar escrito con los nombres, domicilio, cédula de identidad, antes de las 12:00 del día anterior al comparendo.
- En principio el tribunal sólo resuelve la parte infraccional, aplicando multa al causante del accidente.
- Para obtener el pago de los daños se debe interponer una demanda de perjuicios (abogado), única forma que el tribunal pueda obligar a pagarlos.
4.- Sentencia: Una vez recopilado los antecedentes el juez dicta sentencia, y se debe distinguir:
- a) Si NO se interpone demanda civil, sólo se aplica una multa al causante del accidente (1 a 1,5 UTM).
- b) Si se interpuso demanda civil, el juez, además de aplicar una multa, condena al causante del accidente a pagar los daños en dinero.
5.- Recursos: Dictada la sentencia, puede ocurrir:
- a) Que NO esté de acuerdo con el fallo, caso en el cual presentó recurso de apelación ante el mismo tribunal, plazo 5 días desde la notificación.
- b) Que esté de acuerdo con el fallo, caso en el cual pido su cumplimiento ante el mismo tribunal, plazo 30 días desde notificación.
- C)El recurso de apelación no puede presentarse respecto de simples infracciones que impongan multas.